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2.4 LEGISLACION PENAL

2.4 LEGISLACION PENAL

Querella

El senador y tesorero del Partido Popular, Luis Bárcenas, ha encargado esta noche a sus abogados presentar una querella criminal contra el titular del juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, han informado fuentes de la dirección del PP.

El anuncio de Bárcenas se produce poco tiempo después de conocerse el auto de Garzón en el que el juez acusa al tesorero del PP de haber recibido un total de 1.353.000 euros de la organización liderada por el empresario Francisco Correa, que se encuentra en prisión acusado de ser el máximo responsable de la trama de presunta corrupción conocida como operación Gürtel.

No se trata de la primera querella que el PP presenta contra Garzón por el caso Gürtel. El pasado 25 de febrero, la portavoz parlamentaria en el Congreso, Soraya Sáenz de Santamaría, y el responsable de Justicia, Federico Trillo, ya registraron una querella --por un delito de prevaricación-- contra el juez y la ampliaron posteriormente. Se espera que la Fiscalía informe mañana de la admisión o no a trámite de esta primera querella.

http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAS&idnoticia_PK=600085&idseccio_PK=1008

J:P

LEGISLACION PENAL RESUMEN

LA QUERELLA

 

Es la declaración, por escrito para poner en conocimiento del juez  unos hechos que cree que presentan  las características de delito.

El juez o tribunal decidirán mediante un auto, si admiten o no a tramite la querella interpuesta

Consecuencia: Supone la apertura de una causa criminal, en la que se investigara el presunto delito. El querellante, se  constituirá como parte acusadora.

Características de la querella

Se presenta por escrito, el juez o tribunal al que se dirige, los datos del querellante, los datos del querellado o señas de identidad, la descripción de los hechos, el lugar, la hora y la fecha

Las diligencias a practicar; pruebas para comprobar el hecho, el suplico, o petición de admisión de la querella .en el que se solicita que se lleven acabo las diligencias indicadas y se tomen las medidas cautelares (detención, fianza, embargo)., a continuación la firma del querellante

Precisa de la intervención de un abogado o procurador.

Si es admitida:-  se inicia el proceso

 Si es desestimada:-  se podrá presentar un recurso de apelación

 

Otras Formas De Iniciar El Proceso

 

Diligencias Preliminares: Se  ponen en marcha por iniciativa del juez de oficio, que  considere tener conocimiento o  indicio de hechos delictivos; o denuncia del Ministerio Fiscal.

La Detención  Supone privar de la libertad a una persona, considerada probable responsable de un delito.

El Detenido Al cabo de 24 horas debe ser puesto en libertad, o disposición judicial

La Declaración en Comisaría  Es la investigación en que la autoridad  interroga al detenido y este manifiesta lo que crea más conveniente,

Hay que tener en cuenta  No es obligatorio declarar ante la policía, el  abogado a de estar presente en la declaración, pero  no puede intervenir activamente

(no puede formular preguntas), en la declaración, las preguntas han de ser directas y no capciosas o sugestivas, no se puede emplear amenazas o coacciones.

Derechos del inculpado  

Puede contestar lo que desee, teniendo presente sus derechos; no  confesarse culpable, no declarar en su contra, no contestar a preguntas que no le parezcan convenientes

Que debe hacer el Inculpado

Leer la declaración antes de firmarla, si no esta de acuerdo con algo puede  pedir que lo quiten o lo modifiquen, puede dictar el mismo la declaración.

El Detenido Delante Del Juez 

En función del motivo de la detención y en un periodo de 72 horas, el  juez ha de decidir su ingreso en prisión provisional  o su libertad provisional. 

La Prisión Provisional Es  una cuestión excepcional, solo debe durar mientras existan los motivos que la ocasionaron, para que se tome esta medida es necesaria  se de indicios suficientes, para considerar que la persona detenida es responsable de lo que se le acusa

Que se puede acordar en el auto: El auto por el que se decrete  la prisión provisional, puede acordar, (derecho a comunicarse, a recibir visitas, a recibir correspondencia)  o puede ser  inversa (incomunicada, aislamiento y otras restricciones)

 

El tiempo que puede durar la Prisión Provisional:

Estará condicionada en función de la pena que sancione el tipo de delito atribuido al detenido, siendo el caso mas grave hasta 2 años, la situación se puede prolongarse  si la causa no puede ser juzgada en este tiempo  y en caso de que existan razones fundadas de que la persona inculpada pueda Fugarse o Ocultarse

La Libertad Provisional Es la situación de libertad condicionada que  exige  al acusado ciertos deberes, y asegura su presencia durante el proceso penal

Deberes del acusado  Posibilidades de fianza, la comparecencia ante el juez los días previamente señalados, prohibiciones referentes a residir o acudir a determinados lugares, así como comunicarse con determinadas personas

Requisitos Para La Libertad Provisional El inculpado debe carecer de antecedentes,  y no debe intentar  escapar de la acción de la justicia, ausencia de alarma social

 

 

 

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